La muerte de un ser querido es un momento doloroso y emocional. Sin embargo, además del impacto emocional, es necesario afrontar una serie de trámites legales que pueden resultar abrumadores. A continuación, se describen los pasos a seguir después de la muerte de un miembro de la familia.

Certificado de defunción

El primer paso después del fallecimiento de un ser querido es obtener el certificado de defunción. Este documento es necesario para iniciar todos los demás procedimientos legales. El personal médico que atendió al fallecido es el encargado de emitirlo.

  • Proceso de obtención: La obtención del certificado de defunción debe realizarse en el Registro Civil del domicilio del fallecido, en un plazo de 24 horas después de la muerte. Para hacer esto, se requiere el DNI o pasaporte del difunto, así como un formulario oficial.
  • Importancia del certificado de defunción: El certificado de defunción se considera urgente legalmente. Una vez registrado el fallecimiento, se expedirá la licencia para el enterramiento. Es aconsejable solicitar más de un certificado de defunción, ya que será necesario para varios trámites posteriores.

Certificado de Actos de Última Voluntad

El Certificado de Actos de Última Voluntad es un documento que acredita si la persona fallecida otorgó testamento o no.

¿Qué es el Certificado de Última Voluntad?

Este documento es esencial para cualquier sucesión hereditaria. Si el fallecido otorgó testamento, el certificado mencionará el nombre del notario que lo autorizó para solicitar una copia del mismo y conocer la última voluntad del testador. Si no hizo testamento, los herederos legales del fallecido tendrán que tramitar una Declaración de Herederos abintestato.

¿Cómo solicitar el Certificado de Última Voluntad?

La solicitud del Certificado de Última Voluntad puede realizarse a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia si se dispone de certificado digital. También puede solicitarse de manera presencial o por correo postal, cumplimentando el modelo oficial.

Certificado de contratos de seguros de cobertura por fallecimiento

Este certificado permite conocer si la persona fallecida tenía contratado algún seguro de vida o accidentes. Por lo general, se solicita en el mismo modelo oficial de solicitud del certificado de últimas voluntades.

Tramitación de impuestos

Dentro de los seis meses posteriores a la fecha de fallecimiento, se deben liquidar ciertos impuestos:

  • Impuesto de Sucesiones: Este impuesto grava la adquisición de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.
  • Impuesto sobre el incremento de los Bienes de Naturaleza Urbana: Conocido también como plusvalía municipal, este impuesto se aplica si se reciben bienes inmuebles.

Adjudicación o renuncia a la herencia

Una vez completados todos los trámites anteriores, es posible proceder a la aceptación o renuncia de la herencia. Este proceso puede ser complejo y es aconsejable contar con un abogado especialista en herencias y sucesiones.

Baja en la Seguridad Social

Este trámite debe realizarse dentro de los 30 días siguientes al fallecimiento. Es necesario para poder acceder a las prestaciones públicas que puedan corresponder a la familia.

Cancelación de tarjetas de crédito

Es importante cancelar las tarjetas de crédito de la persona fallecida lo más pronto posible. En la mayoría de los casos, estas tarjetas están vinculadas a seguros, por lo que es probable que la deuda quede cancelada.

Trámites relacionados con créditos hipotecarios y automotrices

Si el ser querido fallecido tenía un crédito hipotecario o automotriz, es necesario averiguar quién es el beneficiario del crédito y llevar a cabo los trámites correspondientes para cancelar el crédito y adjudicar el inmueble o automóvil.

Aunque la muerte de un ser querido es un momento doloroso, es importante recordar que hay una serie de trámites legales que deben realizarse. Aunque estos trámites pueden parecer abrumadores, esperamos que esta guía te ayude a navegar por ellos con mayor facilidad.