Abogados especialistas en Reclamaciones Judiciales

Reclamaciones Judiciales
¿Qué son?

Reclamaciones Judiciales, por impago de deudas, incumplimiento de contrato, defensa del dominio, etc.

En las reclamaciones Judiciales, cabe diferenciar.

  • 1.- Procedimiento Monitorio: Se puede reclamar el pago de una deuda sin importar la cuantía siempre que sea líquida, vencida y exigible. Los procedimientos monitorios son una herramienta que en la actualidad se emplea habitualmente debido al aumento de la morosidad y los impagos tanto de empresas cómo de particulares.
    Hay ocasiones en los que una deuda se enquista y no se consigue cobrar de forma amistosa o transaccional, ocasiones en las que la vía judicial se plantea como solución mediante la interposición del procedimiento monitorio que se caracteriza por su rapidez, agilidad y eficacia.
  • 2.- Juicio Verbal. Es el procedimiento civil que se sigue para reclamar aquellos importes o discutir aquellas controversias cuya cuantía no excede de 6000 euros.
  • 3.- Juicio Ordinario. Es un procedimiento más complejo que el anterior y se discuten aquellas cuestiones que superan los 6000 euros o que por materia a sí fija la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  • 4.- Juicio Cambiario. Son procedimientos que se siguen en reclamación de aquellos impagados que hayan sido garantizados o sean documentados en Cheques, Pagarés, y Letras de Cambio.

El Letrado Pedro Gil es especialista en reclamaciones de índole civil.

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